Salta al contenuto principale
Passa alla visualizzazione normale.

GIULIA SAJEVA

ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE LA ARQUITECTURA DE LOS DERECHOS. ¿SON LOS LÍMITES INTERNOS DIFERENTES DE LOS EXTERNOS?

Abstract

Por lo general, cada derecho tiene como objetivo la protección de un interés (o un conjunto de intereses agrupados) de un solo sujeto. Sin embargo, es posible imaginar un derecho que se reconoce para proteger, al mismo tiempo, dos o más intereses distintos de dos o más sujetos distintos. Este capítulo se enfoca en los límites internos de los derechos que pueden derivar del conflicto que pueda suscitarse entre los dos o más intereses protegidos para de un derecho. Analizando tres derechos –los derechos parentales, el derecho a un medioambiente saludable y la libertad de expresión– el capítulo se pregunta si tales límites internos son una fachada cuyo comportamiento es equivalente al de los límites externos. En conclusión, el capítulo demuestra que la arquitectura de los derechos es relevante. No porque lleve a posiciones normativas diferentes, sino porque la forma en que los derechos son vistos, interpretados, tratados, percibidos, temidos y apreciados depende de consideraciones que pueden no ser del todo conscientes y explícitas para los intérpretes y que están influenciadas por la apariencia del derecho. Esta consideración nos recordará que los derechos son productos históricos humanos. Y ningún producto o acción humana puede ser completamente neutral e imparcial. Para comprender totalmente el ámbito de los derechos es, por tanto, necesario involucrarse más profundamente en cómo la gente real ve, percibe y trata con el mundo abstracto de los conceptos.